Toda persona, sin importar si tiene visa de turista o estudiante, o si ya es residente temporal o permanente, debe llevar consigo algún documento que muestre que está legal en el país.
En el 2025 las redadas de inmigración se han hecho más frecuentes a lo largo y ancho del país. Muchos hispanos se han visto afectados, incluyendo personas con papeles y con estatus legal. Es por ello que todos (los legales y los indocumentados) deben conocer que poseen los siguientes DERECHOS:
* A permanecer callados y no contestar preguntas sin la presencia de su abogado (se conoce como “derechos Miranda” – incluso puedes escribir en un papel “Miranda Rights” y no hablar nada), lo cual aplica tanto a adultos como a menores. La única información que debes proveerles es tu nombre. Nunca des un nombre falso (para no violar la ley y para que tu abogado o familiares puedan encontrarte).
* A realizar una llamada a tus familiares o a un abogado (lleva siempre contigo el teléfono de tu abogado y de dos abogados más, por si el tuyo no te contesta) si ya te encuentras detenido (sea en la Estación de Policías o en la de Inmigración). Los abogados son caros y muchos no tenemos, pero puedes solicitar que se te asigne uno de oficio. O llamar y contratar a uno que antes hayas investigado.
* A no firmar nada, pues puedes estar haciendo dejación de alguno de tus derechos (esto aplica para los que entienden el idioma también, pues tú puedes saber inglés, pero no entender los “subterfugios legales”). Muchas personas han firmado, sin saberlo, su propia orden de deportación.
* A no aceptar “salida voluntaria”: si lo haces, tendrás que abandonar el país sin derecho a audiencia y esto puede conllevar a que nunca más puedas entrar a Estados Unidos o regular tu estatus migratorio.
* A pedir tu libertad pagando una fianza (en pocas excepciones no aplica) o pedir una audiencia ante un juez para fijar una fianza, misma que este te negará solo cuando tenga una duda razonable acerca de tu posible desacato a las órdenes de la corte o si eres un peligro para otros.
* A que las autoridades no puedan llevarte a cabo búsquedas en tu casa u oficina sin que tú lo consientas, salvo que tengan una orden judicial. Sin embargo, en ningún caso te resistas físicamente, pues puedes ser enjuiciado posteriormente.
Lo que debes hacer es:
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Además, nos gustaría señalar adicionalmente algunos aspectos que consideramos de vital importancia:
* En cualquiera de tus interacciones con las autoridades de Inmigración o la Policía, trata de conservar la calma. Sé amable aun cuando no lo sean contigo (sabemos que es más fácil decirlo que hacerlo, pero nada desarmará más la “agresividad” de un agente del orden que tu amabilidad y buen comportamiento, además de que te previene de ser acusado de otros delitos).
* Si te paran en la calle mientras caminas o conduces, responde adecuadamente a las preguntas y acata las órdenes. No intentes discutir y menos ser agresivo, a menos que esté realmente en peligro tu integridad física.
* Antes de marcharte, pregunta siempre si estás libre para irte. Si no te dan claramente el permiso, no lo hagas, pues esto significa que estás “retenido” (lo cual no es sinónimo de estar “detenido”). Procede como arriba se indica respecto a permanecer callado y llamar a un abogado.
Sin embargo, ten en cuenta que, al estar retenido, la autoridad tiene el derecho de registrarte mediante palmaditas en el exterior de tu ropa. Si se pasan de esto, expresa adecuada y claramente tu desacuerdo e insiste en hablar con un abogado.
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