Tipos de Visa. Visas de Inmigrante

Varias categorías de personas reúnen los requisitos para la condición de inmigrante. Ciertas personas pueden presentar la solicitud ellas mismas. Las demás deben pedir a un familiar o posible empleador que presente la solicitud en nombre suyo.

Las visas de inmigrante se dan a los que quieren residir permanentemente en los Estados Unidos que, en su mayoría, quieren lo mismo que aquellos primeros inmigrantes que llegaron a América (como la llamaban ellos) en busca de sueños y mejor vida.

Tipos de Visa - Visas de Inmigrante

Debes tener una visa de inmigrante, incluso si no quieres trabajar en los Estados Unidos, pero pretendes vivir aquí de forma permanente. Hay (al menos hasta inicios de 2025) dos categorías fundamentales de visas de inmigrante:

  • Visas de inmigrante por medio de familiares.
  • Visas de inmigrante por medio del empleo.
  • Visas de inmigrante por medio del programa de diversidad.

Visas de inmigrante por medio de familiares

Tanto los que ya son ciudadanos norteamericanos, como los residentes permanentes en EE. UU. pueden apoyar a sus familiares cercanos a obtener visa de entrada, residencia y, posteriormente, ciudadanía americana.

Los Requisitos Básicos para obtener ese tipo de visas son:

  • Que el familiar ciudadano de Estados Unidos demuestre fehacientemente su carácter legal en el país, que es mayor a 21 años y que tú eres para él o ella:
    • Su hijo (a) menor de 21 años
    • Su esposo (a)
    • Su hijo (a) soltero (a) mayor a 21 años
    • Su hijo (a) casado (a) de cualquier edad
    • Su hermano (a)
    • Su padre o madre (¡Atención!: si tu familiar es solo residente, podrá patrocinar solo a cónyuges e hijos solteros de cualquier edad).
  • Que el familiar residente en EE. UU. demuestre que su ingreso anual para la mantención de su familia y del familiar a quien está promoviendo es mayor al 125% del límite de pobreza (si uno solo de sus familiares residentes en Estados Unidos no cumple esta condición, puede unirse a otro familiar para patrocinarlo conjuntamente).

Existen otras dos situaciones muy específicas, pero relacionadas con las anteriores, que son:

  • La Visa K-3 o Visa de Matrimonio, que permite que los cónyuges de ciudadanos americanos vengan a vivir legalmente a Estados Unidos hasta que el proceso de inmigración haya culminado. Estas visas están disponibles además para los hijos extranjeros de cónyuge americano que sean menores de 18 años al momento del matrimonio y que sean solteros.
  • La Visa K-1 o Visa de Prometido, que facilita a los ciudadanos americanos invitar a sus prometidos (siempre que los hayan conocido dentro de los últimos 2 años) a que vengan a Estados Unidos para contraer matrimonio dentro de los 90 días siguientes a que se efectúe su entrada a Estados Unidos.  Para los hijos de los prometidos extranjeros menores de 21 años y solteros, están disponibles las Visas K-2.
Todos estos procesos son sumamente delicados, pues un error los puede retrasar o ser causa de que te denieguen tu solicitud. Esta es la razón por la que mucha gente contrata personal calificado (abogados) para que le ayuden en esos trámites.

Visa de Inmigrante por medio del Empleo.

Estas visas permiten a extranjeros venir a trabajar de forma permanente en EE. UU. y sus principales variantes son:

  • Visa EB-1 para Extranjeros con Extraordinarias Habilidades, Destacados Profesores, Investigadores y Ejecutivos: deben demostrar con documentación suficiente que gozan de reconocimiento nacional e internacional en su campo y no requieren tener una oferta específica de empleo.
  • Visa EB-2 para Trabajadores con Grados Avanzados o Excepcionales Habilidades en Ciencias, Artes o Negocios: similar a la anterior, pero para personas un poco menos “reconocidas”, que puedan demostrar fehacientemente que su presencia traerá grandes beneficios a EE. UU. en el futuro. Pueden no requerir oferta de empleo, aunque es más fácil si cuentan con una propuesta concreta.
  • Visa EB-3 para Profesionales y Trabajadores Calificados: por tratarse de personas de habilidades más o menos normales su otorgamiento es más difícil y controlado, existiendo incluso una lista de espera de varios años. El proceso se agiliza cuando la compañía americana que patrocina al especialista extranjero demuestra de forma contundente la necesidad que tiene de dicha persona.

Visa de Inmigrante por medio del Programa de Diversidad.

Este Programa consiste en una Lotería anual de 50,000 visas que se otorgan utilizando un sistema computarizado que escoge entre solicitantes de 6 regiones geográficas: África, Europa, Asia, Oceanía, Norteamérica y la zona que incluye América Central, el Caribe y Sudamérica.

En estos momentos el programa está siendo reevaluado y nadie podría asegurar la forma o formas en las que va a continuar. En el supuesto caso que decidan mantenerlo.

Para que puedas participar de este sorteo, debes tener educación universitaria o su equivalente; o 2 años de experiencia de trabajo dentro de los últimos 5 años en una ocupación que requiere como mínimo 2 años de entrenamiento o experiencia.

La aplicación que hagas puede incluir a tu cónyuge y niños menores de edad; debe ir acompañada de fotografías digitales (de frente en formato JPG, en colores o monocromo) de todos los aplicantes.

El Departamento de Estado de los EE. UU. acepta actualmente solo las aplicaciones en línea a través de https://dvprogram.state.gov/. Este es el único sitio autorizado para procesar las aplicaciones (NO TE DEJES ENGAÑAR POR OTROS QUE PROCLAMAN TENER EL MISMO DERECHO, cuando lo más que pueden hacer es ayudarte a que tu aplicación esté libre de errores) y funciona solo durante el período en que se estén aceptando las aplicaciones. Y muy importante: NO HAY NINGÚN CARGO EN NINGÚN TIPO DE MONEDA O FORMA PARA LLENAR LAS APLICACIONES.

Las personas que reciben la notificación de haber ganado aún no tienen la garantía de que recibirán las visas. Tendrán que pasar por una entrevista pagando una tarifa de visado y de procesamiento de diversidad (ambas no reembolsables) por un total de $755 dólares americanos (cifra que puede ser cambiada en cualquier momento) en la Embajada Americana de su país de residencia actual.

 

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